Esta responsabilidad es la que se deriva de los daños producidos a cualquier inmueble alquilado por el asegurado.
Así, la aseguradora respondería ante los propietarios de dichos inmuebles arrendados al asegurado para el ejercicio de su actividad diaria o para la organización puntual de algún evento, siempre y cuando que dichos daños se produzcan por motivo de un incendio, explosión o acción del agua.
Dentro de esta garantía se dan exclusiones como el desgaste o deterioro por uso o reclamaciones por daños consecuencia de deficiencias notorias en la conservación y mantenimiento de los inmuebles o instalaciones del mismo.
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